Es objeto del presente documento regular las normas de funcionamiento y uso de las instalaciones propiedad de Fundación CB por las personas físicas o jurídicas interesadas en la exposición de obras de arte o realización de muestras de divulgación cultural, educativa o social.
El uso de los espacios de Fundación CB se cede en las condiciones cuyas circunstancias, usos, características y servicios conoce y acepta el solicitante el cual declara recibirlos en perfectas condiciones de uso, no permitiéndole ninguna modificación ni alteración sin previa autorización expresa de Fundación CB.
El solicitante se obliga a mantener en perfecto estado los espacios debiendo realizar por su cuenta, a su cargo y bajo su responsabilidad, las reparaciones necesarias a dicho efecto, así como la reposición de lo que se perdiere o deteriorase, respondiendo de los daños e infracciones que causen a personas o cosas; siendo obligatorio el depósito de una fianza de 100 euros con una antelación de almenos 24h del inicio del evento, que será devuelta una vez se compruebe el estado del espacio y del material cedido. Asimismo se obliga a respetar las instrucciones del personal o técnicos de Fundación CB.
El desarrollo de los actos se llevará a cabo con los medios técnicos de los que dispone Fundación CB. Dichos medios técnicos sólo podrán ser utilizados por el personal del centro. En el que caso de necesitarse medios extraordinarios el alquiler de los mismos correrá a cargo del solicitante.
La apertura y cierre de la Sala se realizará por el personal de Fundación CB.
Una vez finalizado el evento el solicitante estará obligado a enviar a Fundación CB, vía correo electrónico (contacto@fundacioncb.es), 2 fotografías del desarrollo del acto en buena calidad, así como de informar sobre el número de asistentes al mismo.
Los artistas que expongan sus obras en cualquiera de las salas de Fundación CB, se comprometen, al finalizar la exposición, a donar una de las obras expuestas al Fondo Pictórico de Fundación CB.
La cesión de uso de los espacios de Fundación CB es gratuita en el horario establecido para cada uno de los centros. En el caso de realizarse la actividad fuera de estos horarios y además requiriera la utilización de los medios técnicos del mismo, el abono de las horas extraordinarias correspondientes al personal auxiliar correrían a cargo del solicitante.
Cualquier material publicitario o catálogo que se haga del acto, correrá a cargo del solicitante, salvo acuerdo o pacto con Fundación CB.
El logotipo de Fundación CB aparecerá en lugar visible en todo el material y publicidad relacionado con el acto a celebrar. Es requisito de dicha publicidad que contenga las fechas y horario confirmado por Fundación CB. Las pruebas de la publicidad deberán ser supervisadas por Fundación CB. La concesión de la cesión queda supeditada al cumplimiento de lo estipulado en este apartado.
La interpretación de las presentes normas y la resolución de aspectos no tratados aquí, corresponderán en cualquier caso a la Fundación CB cuya decisión es inapelable.
Se entenderá en todo caso que con la presentación del proyecto y solicitud, el solicitante acepta implícitamente las condiciones de estas normas. Por tanto, el solicitante una vez le sea comunicado por Fundación CB la inclusión de su actividad en la programación de esta última, deberá enviar firmado este documento de aceptación de las condiciones de cesión a contacto@fundacioncb.es. Además, deberá remitir al mismo correo electrónico la cartelería correspondiente con la inserción del logo de la Fundación.